La reforma al Código Civil propuestas por el Poder Ejecutivo al Congreso es un adelanto en lo que se refiere al derecho de familia. Confirma la vigencia del matrimonio igualitario, por lo que las modificaciones alcanzan a todas las parejas y familias, sin distinción. Permite decidir sobre los bienes que se generen durante el matrimonio sin afectar la vivienda familiar, y acorta los plazos y simplifica los requisitos para acceder al divorcio. En cuanto a la posibilidad de tener hijxs en parejas que no pueden hacerlo por reproducción natural, se legisla sobre reproducción asistida y se facilita la adopción, privilegiando el interés de lxs niñxs por sobre lxs adultxs. Un avance fundamental es la incorporación a la ley de la gestación por sustitución, que se define como un acto voluntario, no comercial, en el que una mujer con capacidad de gestar colabora con la persona o pareja que no puede hacerlo. La gestación por sustitución se homologa previamente ante el juez, protegiendo los intereses de todas las partes involucradas. La reforma corre el eje de lo biológico hacia la voluntad procreacional, es decir que se considera madre o padre a quien desea generar una nueva vida y hacerse cargo de ella, independientemente de que pueda hacerlo por el método natural o requiera alguna forma de asistencia.
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